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año:2004
 
institución:FUNDACION AYUDENOS PARA AYUDAR
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 1 2 6 3 2 15 de octubre, 2004 DAGJ-2692-2004 Licenciada Yadira Cruz Fallas Auditoría Interna FUNDACIÓN AYÚDENOS PARA AYUDAR Estimada señora: Asunto: Se archiva consulta por provenir de un sujeto particular. En relación con su nota del 7 de octubre, por medio de la cual pregunta: ¿es posible que en algún procedimiento de contratación de servicios profesionales, sea el ente contratante el que defina el monto a pagar por el servicio requerido?, tenemos que informarle que ésta debe ser archivada por cuanto es criterio reiterado el deber de abstenerse de emitir criterio sobre casos particulares y más aún cuando quien consulta es un sujeto privado (Vid. Circular CO–529, de 26 de mayo del 2000, publicada en La Gaceta No. 107, de lunes 5 de junio del 2000). Aún así, le indicados que lo normal para la contratación de servicios profesionales es que el precio queda librado a la libre oferta y demanda del mercado que, aún así, y por el principio ético y legal de competencia leal, debe respetar los mínimos que pueden imponer los colegios profesionales cuando sea el caso. Atentamente, Lic. Marco V. Alvarado Quesada Gerente Asociado Lic. Christian E. Campos Monge, M.Sc. Fiscalizador CECM/mgs C: Archivo Central NI 21837 ( Criterio y dictámenes ] ...
Fecha publicación: 22/10/2004
Fecha emisión: 19/10/2004
Documento: 12632-2004.doc
Institución: FUNDACION AYUDENOS PARA AYUDAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 1 1 7 0 3 28 de setiembre, 2004 DAGJ-2491-2004 Licenciada Iveth Campos Rojas FUNDACIÓN AYÚDENOS PARA AYUDAR Estimada señora: Asunto: No se requiere trámite de autorización ante el órgano contralor para dar inicio con un procedimiento de contratación administrativa sin tener el contenido presupuestario. En relación con su oficio FAPA-FICO-922004, recibido el 24 de setiembre pasado, y por medio del cual consulta sobre la aplicación o no del numeral 10.3 del Reglamento General de Contratación Administrativa para un procedimiento en particular de la Fundación, debemos informarle que tal requerimiento no es necesario, según lo ha expresado anteriormente este mismo despacho. En efecto, resulta que para un tema similar —si deben las fundaciones solicitar autorización de contratación directa a la Contraloría General—, se señaló: “La gestión descrita obedece a que el Banco Central incorporó en su presupuesto para el período 2001, una transferencia de fondos para que aquella fundación (creada por Ley Nº7363 del 10 de noviembre de 1993, para la administración de dichos museos( asuma la vigilancia y seguridad del edificio que alberga los museos a partir del 1º de enero de 2001, según las modificaciones de las “Normas Generales para la Coordinación en la Administración de los Museos del Banco Central de Costa Rica”. Como bien lo señala en la nota referida, la entonces Dirección General de Contratación Administrativa de esta Contraloría General determinó en el oficio Nº9260 (DGCA-976-99) del 13 de agosto de 1999, que esa Fundación debía cumplir con los principios de la Ley de Contratación Administrativa, para efectos de contrataciones con fondos públicos. No obstante, dicho oficio en su punto 7, al enumerar los supuestos de aplicación práctica de esos principios en una entidad privada, n ...
Fecha publicación: 03/10/2004
Fecha emisión: 30/09/2004
Documento: 11703-2004.doc
Institución: FUNDACION AYUDENOS PARA AYUDAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 2 8 7 4 16 de marzo, 2004 DAGJ-556-2004 Licenciada Yadira Cruz Fallas Auditora Interna FUNDACIÓN AYÚDENOS PARA AYUDAR Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta sobre los alcances del artículo 1 de la Ley de Contratación Administrativa. Nos referimos a su oficio AI-03-2004, de 10 de marzo de 2004, por el cual nos informa que la Fundación Ayúdenos para Ayudar es una organización de derecho privado que administra fondos públicos y que como tal no se encuentra obligada a observar los procedimientos de contratación regulados en la Ley de Contratación Administrativa, sino tan solo los principios. No obstante, al amparo del voto 998-98 de la Sala Constitucional formula dos inquietudes. 1. ¿La Fundación Ayúdenos para Ayudar, en el proceso de adquisición de bienes y servicios, está en la obligación de solicitar a los proveedores, el requisito de cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social? Tanto las administraciones públicas como las empresas privadas deben observar las regulaciones existentes en materia laboral y de seguridad social, sin que ello dependa de ninguna manera de la aplicación o no de los procedimientos de contratación regulados para el Sector Público. Así las cosas, la Fundación será quien defina los requisitos y condiciones que sus proveedores deben cumplir, en el entendido de que las empresas deberán estar en su actuar ajustadas al marco legal existente. 2. ¿Debe cumplir con los límites económicos que establece el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, reformada por la Ley 8251 y que han sido publicados en La Gaceta No. 43 del martes 2 de marzo del 2004? Básicamente, el parámetro para diferenciar cuál procedimiento resulta aplicable a una determinada necesidad es económico, de allí que el artículo 27 de la Ley establezca una serie de grupos y de bandas económicas para orientar a la Administración, primero e ...
Fecha publicación: 20/03/2004
Fecha emisión: 17/03/2004
Documento: 02874-2004.doc
Institución: FUNDACION AYUDENOS PARA AYUDAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)